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IA en el trabajo: cuándo informar a los representantes de los trabajadores
Cuándo conviene informar al comité de empresa o a los delegados sobre IA, qué prevé el Estatuto de los Trabajadores y cómo preparar un aviso claro y breve.
Publicado el · 2 min de lectura

Cuando una empresa empieza a usar IA, casi siempre piensa en clientes y datos. Se olvida con frecuencia de otra pregunta: ¿hay que contar algo a la plantilla y a sus representantes? La respuesta depende de para qué se use la IA y de si hay representación legal de los trabajadores (RLT) en la empresa.
Qué prevé la norma
- Estatuto de los Trabajadores, art. 64.4.d. Desde la reforma de 2021, el comité de empresa tiene derecho a ser informado de los parámetros, reglas e instrucciones en que se basan los algoritmos o sistemas de IA que afectan a la toma de decisiones sobre las condiciones de trabajo, el acceso al empleo y el mantenimiento del mismo, incluida la elaboración de perfiles.
- Ley de IA, art. 26.7. Quien despliega un sistema de alto riesgo en el lugar de trabajo debe informar antes a los representantes de los trabajadores y a las personas afectadas. El alto riesgo está aplazado, según el Ómnibus Digital, al 02/12/2027, pero la lógica es la misma: avisar antes, no después.
- Ley de IA, art. 4. La formación del personal que usa IA es una obligación de medios que no depende de que haya representantes.
Confirma el alcance exacto con tu asesoría laboral o con el convenio aplicable: el texto anterior es un resumen orientativo.
Cuándo conviene avisar
Aunque no haya una obligación clara, es buena práctica informar cuando la IA:
- Se usa para seleccionar, evaluar o asignar tareas a las personas (ver selección de personal con IA).
- Registra o supervisa lo que hace el equipo. Una herramienta como un aviso al pegar datos personales sirve a la empresa, pero debe quedar claro qué se registra y qué no (ver controlar el uso de IA sin vigilar a la plantilla).
- Transcribe o resume reuniones internas (transcribir reuniones con IA).
Qué incluir en el aviso
Un aviso breve, por escrito, que responda a cinco cosas:
- Qué herramienta se usa y para qué.
- Qué datos trata y cuáles quedan fuera.
- Quién la usa y quién ve los resultados.
- Si influye en decisiones sobre las personas y cómo se revisan.
- A quién preguntar o dónde plantear dudas.
Evita el lenguaje técnico y las promesas absolutas: es mejor decir lo que se hace que lo que «nunca» pasará.
Documentarlo
Guarda la fecha, el texto enviado y a quién. Si el aviso se hace con una herramienta que registra medidas, puede incorporarse a tu expediente de evidencia de medidas adoptadas. Acta incluye un aviso a la RLT preparado a partir de tu inventario, que la empresa revisa y envía cuando quiere. Para saber qué IA usa tu equipo, empieza por el diagnóstico gratuito. Información orientativa, no asesoramiento jurídico.
Información orientativa según el Reglamento (UE) 2024/1689. No es asesoramiento jurídico, no garantiza ningún resultado y puede estar desactualizada: contrástala con la fuente oficial y con un profesional antes de tomar decisiones.