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Calendario de la Ley de IA: las fechas que importan a tu pyme

Las fechas clave del Reglamento de IA para una pyme: 2 de febrero de 2025, 2 de agosto de 2026 y 2 de diciembre de 2027. Qué prevé cada una y qué revisar.

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La Ley de IA europea (Reglamento (UE) 2024/1689) no se aplica de golpe. Entra por fases, y no todas afectan a una pyme. Este calendario reúne las tres fechas que de verdad cambian algo para una empresa que usa herramientas de IA en su día a día, sin necesidad de fabricarlas.

2 de febrero de 2025: prácticas prohibidas y formación

Desde esta fecha están en vigor dos bloques que te afectan aunque solo uses ChatGPT:

  • Las prácticas prohibidas del artículo 5. Incluyen, por ejemplo, inferir emociones de las personas en el trabajo o en la educación (salvo motivos médicos o de seguridad), puntuar socialmente a las personas o explotar sus vulnerabilidades. Son usos poco frecuentes en una pyme, pero conviene saber que existen.
  • La alfabetización en IA del artículo 4. Prevé que quien usa IA en la empresa tenga una formación adecuada a su puesto. Es una obligación de medios: se valoran las medidas razonables que adoptas y que puedas acreditarlas, no que cada persona alcance un resultado concreto.

Si solo vas a hacer una cosa, empieza por esta: el artículo 4 es el único que toca a casi todas las empresas. La guía sobre la formación obligatoria en IA explica qué conviene tener.

2 de agosto de 2026: transparencia y supervisión

A partir de esta fecha se aplican dos cosas más:

  • Las obligaciones de transparencia del artículo 50. Si tu empresa tiene un chatbot que conversa con personas, el Reglamento prevé que sepan que hablan con un sistema automático. También regula el contenido generado o manipulado que puede pasar por real, como imágenes, audio y vídeo.
  • La supervisión de la autoridad. En España, la AESIA puede comprobar el cumplimiento de las medidas, incluida la alfabetización. Lo que suele valorar una inspección es la evidencia de medidas adoptadas: inventario, política de uso y registro de formación. Tienes más detalle en qué revisa la inspección de la AESIA.

2 de diciembre de 2027: sistemas de alto riesgo

El Ómnibus Digital aplazó a esta fecha las obligaciones sobre los sistemas de alto riesgo del anexo III. Son sistemas que intervienen en decisiones sobre las personas en áreas como el empleo, la educación, el crédito o los servicios esenciales. Si una pyme usa una herramienta que puntúa candidatos o evalúa a empleados, esta es su fecha. Puedes ver ejemplos en qué es un sistema de alto riesgo.

Qué hacer con cada fecha

  1. Ahora: haz el inventario de herramientas de IA y revisa que nadie use una práctica prohibida.
  2. Antes de agosto de 2026: forma al equipo según su puesto y guarda quién se formó y cuándo. Revisa los avisos de tus chatbots.
  3. Antes de diciembre de 2027: si tienes algún uso de alto riesgo, valora si puedes sustituirlo por una persona al frente de la decisión o si necesitas documentación del proveedor.

Las multas, por escalones

El Reglamento fija tres escalones de multas. Las prácticas prohibidas llegan a 35 millones de euros o el 7 % de la facturación mundial. El incumplimiento de la mayoría de las demás obligaciones, a 15 millones o el 3 %. Dar información falsa a las autoridades, a 7,5 millones o el 1 %. Para las pymes, el propio texto prevé aplicar la cifra más baja de las dos en cada caso. Más detalle en la guía de multas de la Ley de IA.

Esta información es orientativa y puede cambiar. Contrástala con la fuente oficial antes de tomar decisiones.

Información orientativa según el Reglamento (UE) 2024/1689. No es asesoramiento jurídico, no garantiza ningún resultado y puede estar desactualizada: contrástala con la fuente oficial y con un profesional antes de tomar decisiones.